13.1.11

El Confidencial 12 1 2011: TSJA & Chalet de Banderas

El TSJA censura a Marbella por incumplir las sentencias contra el chalé de Banderas

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ELCONFIDENCIAL* : El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tira por tierra una noticia anunciada hace meses a bombo y platillo: que el chalé del actor Antonio Banderas era legal. La casa lleva años protagonizando avatares jurídicos porque los responsables urbanísticos del Ayuntamiento de Marbella llegaron a solicitar una modificación del PGOU para que el actor siguiera teniendo su suelo a pie de playa. Ahora, un auto de seis folios que el TSJA ha hecho llegar a la concejalía de Urbanismo le recuerda al Consistorio que si infringe su deber "de ejecutar lo dispuesto en sentencia firme" podrá incurrir en responsabilidad civil e incluso criminal. Esto último podría acarrear una "responsabilidad patrimonial exigible tanto en el supuesto incumplimiento total como en los de cumplimiento defectuoso o con demora negligente en el mismo".

El proceso de regularización y compensación del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella favoreció al actor malagueño porque le permitió ceder el mismo número de metros de su parcela sin dañar buena parte del jardín que rodeaba la piscina. Algo que contradice lo que hace dos años el alto tribunal andaluz especificó en una sentencia: que Banderas debía ceder 1.200 metros de su residencia.

El auto se considera el primer tirón de orejas al Ayuntamiento ya que deja muy claro que "los tribunales son los únicos competentes para decidir si se pueden tirar o no edificios". Según el concejal independiente Javier de Luis, experto en temas de urbanismo en Marbella, "en el cuerpo del auto se dice muy claramente que una normalización en un PGOU no es una causa de inejecución de sentencia". Asimismo, entiende que antes de que el Consistorio tomase estas medidas, "el PP ha tenido que tratar esto con el TSJA, de lo contrario es un suicidio". De entrada, el auto paraliza la modificación puntual de elementos que ha impulsado el Ayuntamiento.

El muro de la discordia

El TSJA explica que la obligación de ejecutar una sentencia no es algo que se deba solo al interés del particular que ha peleado judicialmente en el caso, en esta ocasión la comunidad de propietarios de Los Monteros, que fueron los que denunciaron las supuestas irregularidades en la casa de Banderas, sino también al "interés público", porque es un fundamento del Estado de Derecho "que se cumplan las sentencias de los tribunales y que se cumplan en sus propios términos y no en los que decidan las partes según sus conveniencias o arbitrios".

En un principio, el PGOU de Marbella especificaba que el actor debía ceder 1.243 metros del terreno en que se asienta su chalé. Esta superficie se debía recortar en la parte sur de la parcela, la más cercana al mar, lo que suponía dejar el muro de la propiedad casi encima de la piscina. El Ayuntamiento de Marbella, amparándose en proceso de regularización y compensación de las más de 10.000 viviendas irregulares construidas durante los años del gilismo, cambió la solución adoptada y le dio el trato de favor al actor. De esta forma, cedería el mismo número de metros cuadrados, pero en lugar de cederlos todos de la zona sur, es decir la zona de la playa, podría cederlos en la zona este, junto a la desembocadura del arroyo Alicate.

Sin embargo, el trueque no podrá llevarse a cabo, según el último auto del alto tribunal. Javier de Luis afirma que "la interpretación de si la propuesta de normalización es causa de inejecución de sentencia, o sea, que puede ser legalizado, le corresponde únicamente al juez. Esto es así porque el juez puede entender que se ha hecho un nuevo PGOU para incumplir la sentencia que él dio antes".

Según este experto en urbanismo, "los cambios que ha habido en las distintas aprobaciones del PGOU, la del 2007, 2008 y 2009, y las modificaciones puntuales que ha impulsado el Ayuntamiento de Marbella, una vez aprobado el PGOU, puede hacer que el juez dude. Partiendo de este supuesto, el juez puede entender que el PGOU no es causa suficiente de inejecución de su sentencia". Es por esto que en el mismo escrito, el TSJA censura al Ayuntamiento por los mecanismos de compensación que se inventa el PGOU al decir que es la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) la que fija cómo legalizar "el ordenamiento jurídico perturbado". "Este es el procedimiento que debe seguir la corporación de Marbella en la ejecución de sentencia", zanja.

* El Confidencial - 12.01.11
Foto: Marbella, casa Antonio Banderas - EFE